El Spam y la legislación vigente

El Spam y la legislación vigente

La comunicación por correo electrónico sigue siendo una de las principales vías de trasvase de información en la actualidad, sobre todo para el envío de documentos y otro tipo de archivos, y sin duda es una de las herramientas más utilizadas por las empresas para comunicarse con clientes, proveedores, etc, ya que ofrece unas posibilidades extraordinarias y, en caso de conflicto, es un instrumento perfectamente válido para emprender acciones legales.

Sin embargo, uno de los problemas de la interacción por este medio es la recepción de Spam (correo no deseado), que suele colapsar la bandeja de entrada de las cuentas de correo, interrumpiendo el normal desarrollo de una actividad y con una molestia importante que a veces es difícil gestionar. La legislación se hizo eco de este problema y se elaboraron leyes para proteger al receptor, de tal forma que la recepción de cualquier tipo de comunicación comercial por la vía electrónica debe contar con su consentimiento.

Pero la Audiencia Nacional ha dado un importante giro respecto a la legislación anterior, de tal forma que si un internauta recibe correo no deseado sin consentimiento, pero no indica expresamente al emisor que no desea recibir más emails de este tipo, se entiende que consiente las siguientes comunicaciones. Todos hemos visto ese tipo de emails con un enlace al final donde indica que si no se quiere recibir más correos debe hacer click en el link, pero que la mayoría de las veces no se hace.

Evidentemente, en este caso es el receptor el que debe hacer el esfuerzo para detener la avalancha de emails que no quiere recibir, mientras que se exime al emisor de ninguna responsabilidad, salvo el primer correo de todos. En una sentencia de la Audiencia Nacional del 15 de julio de 2011, en relación a una denuncia por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, deja claro este aspecto diciendo literalmente: “…en cada uno de los mails remitidos se ponía en conocimiento del denunciante la posibilidad de oponerse a recibir nuevas comunicaciones con un fácil procedimiento consistente en presionar el “clic” que se incluía en la comunicación, sin que el denunciante hubiese activado tal sistema y ello pudo interpretarse como conformidad con los posteriores envíos.

Desde Secure&IT, creemos que la seguridad en los correos electrónicos es esencial para el buen funcionamiento de una entidad y hay que evitar la recepción de correos no deseados utilizando todos los recursos que nos permite la tecnología en materia de ciberseguridad, no sólo porque la ley parece ponerse más de parte del emisor que del receptor, sino porque la inclusión de este tipo de material en los distintos dispositivos puede traer consigo virus maliciosos o vulnerabilidades que generen complicaciones importantes si no se ponen las medidas necesarias.

Una buena seguridad IT y un puesto de trabajo seguro es vital, no sólo para evitar la recepción de SPAM, sino para disfrutar de unas comunicaciones sin sobresaltos y con un nivel de blindaje alto.

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/ Ciberseguridad