La ciberseguridad en los hoteles, un elemento indispensable para la seguridad de la información de los huéspedes

La ciberseguridad en los hoteles, un elemento indispensable para la seguridad de la información de los huéspedes

El auge del terrorismo yihadista ha incrementado los controles

En los últimos tiempos, el auge del terrorismo yihadista ha puesto en jaque a gobiernos e instituciones y la sensación de vulnerabilidad e inseguridad ha aumentado considerablemente. El Ministerio del Interior ha recordado la obligación de todos los establecimientos hoteleros de informar en un máximo de 24 horas sobre la identidad de los huéspedes a los que dan servicio en un intento por controlar el flujo de personas que pudieran ser sospechosas de cometer algún tipo de atentado.

En el año que está a punto de terminar, el Cuerpo Nacional de Policía sancionó a dos hoteles de la ciudad de Valladolid por no cumplir esta norma o por dar incompletos los datos de algunos clientes que se habían alojado en sus instalaciones. Esta ley está en vigor desde el año 2003 y hace hincapié en una comunicación más fluidas sobre los libros de registro referente a las entradas y salidas de viajeros en los establecimientos de hostelería.

También ha entrado en vigor la ley 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, la cual establece lo siguiente: “Las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades relevantes para la seguridad ciudadana, como las de hospedaje, transporte de personas, acceso comercial a servicios telefónicos o telemáticos (…) quedarán sujetas a las obligaciones de registro documental e información”. De esta forma, se facilita la labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en su lucha antiterrorista y en sus labores de ciberseguridad.

Normativa turística en establecimientos hosteleros

La Policía Nacional dispone de un grupo especializado en Madrid para el cumplimiento de la normativa turística relacionada con la entrada y salida de personas en los establecimientos hosteleros. Este grupo supervisa todos los datos de hospedaje en cualquier tipo de alojamiento, ya sea en hoteles de todas las categorías, en pensiones, hostales, bungalows, apartamentos turísticos, campings, etc. En las localidades más pequeñas es la Guardia Civil quien se encarga de esta tarea. Como hemos dicho, desde que entró la ley en vigor en julio de 2003, los responsables de cualquier tipo de establecimiento de hospedaje deben cumplimentar un libro de registro y presentar o remitir en las correspondientes comisarías o puestos de la Guardia Civil, todos los partes de entrada de los viajeros.

Estos partes incluyen no solo a la persona que efectuó la reserva de la plaza hotelera, sino también la que pagó la factura y todos los que se hospedaron, incluidos los niños que siempre deben estar acompañados por un adulto a la hora de pernoctar en un establecimiento hotelero. Los datos que deben comunicarse con los que figuran en el DNI, carné de conducir o pasaporte, donde figure claramente la nacionalidad, la fecha de expedición del documento, la fecha de nacimiento y, por supuesto, la fecha de entrada en el establecimiento.

La ley dice que “inexcusablemente”, el responsable del hotel debe comunicar todos estos datos de la hoja de registro en un plazo máximo de 24 horas desde la entrada de la persona en el establecimiento. Las nuevas innovaciones tecnológicas han mejorado las comunicaciones y aunque antes se efectuaba este flujo de datos mediante el fax, en la actualidad, los hoteles disponen de aplicaciones informáticas que conectan instantáneamente con las bases de datos del Ministerio del Interior para disponer de la información de manera rápida y eficaz.

La ciberseguridad también presente en los hoteles

Por supuesto, este tipo de software dispone de los elementos de ciberseguridad imprescindibles para que la operación se realice con todas las garantías y los resultados sean excelentes. Los sistemas de seguridad IT deben funcionar a la perfección para cerrar todas las puertas a los hackers y a los activistas que utilizan la red como herramienta para cometer los atentados. Según informa un responsable de un hotel de la capital de España en relación a esta aplicación:

«Es verdad que en este año han venido a comprobar cuando tuvimos una pareja de nacionalidad marroquí alojada. A las pocas horas de remitir los datos al Registro, la Policía se presentó en el hotel para conocer más detalles sobre estos huéspedes».

Sin embargo, hay un vacío legal en relación a los apartamentos turísticos que ofertan los particulares. Desde el inicio de la crisis económica, mucha gente ha puesto en alquiler sus domicilios por semanas o meses en los períodos vacacionales. Se anuncian por internet y la policía no tiene acceso a los datos de personas que entran y salen de estos establecimientos. Los hoteles se quejan de la competencia de este tipo de apartamentos, ya que no pagan impuestos ni están sometidos a los controles de la administración, pero de momento no hay una solución encima de la mesa para este tipo de casos.

Algunos establecimientos también se han quejado en relación a las molestias que algunos de sus huéspedes pueden sufrir para llevar a cabo el cumplimiento de la ley, ya que deben identificarse todos las personas que van a alojarse, no solo la que ha hecho la reserva o la que va a pagar. En este sentido, muchos afirman que los hoteles no tienen por qué ejercer de “controladores” de los huéspedes, pero hay que decir que en general, la ley se está cumpliendo en un porcentaje muy elevado y las sanciones son mínimas.

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